El Reglamento (CE) nº 261/2004 es un salvavidas para los pasajeros que sufren inconvenientes durante sus viajes en avión. En pocas palabras, si su vuelo con salida de la UE se ha retrasado, cancelado o ha sido víctima de overbooking, puede tener derecho a una compensación económica. ¡Hasta 600 euros! Es una gran noticia, ¿verdad? Pero, ¿qué significa en la práctica? Si tu vuelo se retrasa más de tres horas, o incluso se cancela, no tienes por qué resignarte. El Reglamento le da derecho a reclamar una indemnización que puede ayudarle a aliviar las molestias de su viaje.
Si vuela con Neos y su vuelo se retrasa más de tres horas, puede tener derecho a una indemnización. Es importante que el retraso se calcule a la llegada, no a la salida. ¿Cómo hacerlo? Sólo tiene que rellenar nuestro formulario y nosotros nos encargaremos de todo. Pero, ¿y si el retraso se debe a causas ajenas a la compañía aérea? En este caso, como circunstancias extraordinarias, no tiene derecho a indemnización. Sin embargo, si el retraso es causado por la compañía, como un fallo técnico o problemas de la tripulación, tienes pleno derecho a indemnización.
Cancelar un vuelo puede ser realmente estresante. Pero si le ocurre con Neos, no desespere. Si le informan de la cancelación con menos de 14 días de antelación a la salida programada, puede tener derecho a una compensación. Todo empieza por rellenar nuestro formulario, y nosotros nos encargamos del resto. Pero, ¿y si tiene vuelos de conexión y la cancelación del primer vuelo le pone en riesgo de perder el vuelo de conexión? También podemos ayudarle en ese caso. Es importante que todos los vuelos formen parte de una misma reserva para que la reclamación de indemnización sea clara e inequívoca.
El importe de la indemnización varía en función de la duración del vuelo:
¿Un ejemplo? Un vuelo de Praga a Roma puede costar 250 euros, mientras que un vuelo de Praga a Nueva York puede costar hasta 600 euros. Pero, ¿y si vuela de Berlín a Madrid y su vuelo se retrasa? Es un vuelo de entre 1.500 y 3.500 km, por lo que podría esperar una indemnización de 400 euros. Y si tuvo mala suerte y su vuelo se canceló, deberían ofrecerle la misma cantidad como compensación.
La indemnización se abona cuando un vuelo se retrasa, se cancela o hay exceso de reservas. Pero cuidado, no siempre se tiene derecho a indemnización. Si el retraso se debe a circunstancias extraordinarias, como condiciones meteorológicas extremas o huelgas, no recibirá indemnización. Otro ejemplo en el que no se le indemnizará es si se le avisa con suficiente antelación de la cancelación y se le ofrece un vuelo alternativo. Por último, si cede voluntariamente su asiento en un vuelo abarrotado como parte de un acuerdo con la aerolínea, tampoco tendrá derecho a indemnización.
Tiene dos opciones. La primera es ponerse en contacto directamente con Neos y tramitar usted mismo la indemnización. La segunda, y mucho más fácil, es dejarlo todo en nuestras manos en Refundio.es. Sólo tiene que rellenar nuestro formulario y nosotros nos encargaremos de todo. ¿Por qué elegirnos? Porque tenemos experiencia y sabemos cómo tratar con las compañías aéreas para asegurarnos de que reciba lo que le corresponde.
Si Neos rechaza su solicitud de indemnización, no se rinda. En Refundio.es podemos ayudarle. Sólo tiene que rellenar nuestro formulario y nos ocuparemos de todos los pasos siguientes. Desde la comunicación con la compañía aérea hasta la representación legal si es necesario. Contamos con un equipo de expertos dispuestos a ayudarle y a garantizar que se respeten sus derechos. Es más, si fracasamos, usted no nos paga nada. Nuestros servicios se basan en el principio "sin éxito, no hay honorarios", por lo que el riesgo para usted es mínimo.